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Tribunal chileno condena a constructora por despido improcedente

Tribunal chileno condena a constructora por despido improcedente

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¿Cuáles fueron los argumentos legales del magistrado?

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda interpuesta por una trabajadora contra la empresa Constructora Fuchs Gellona y Silva S.A. El juez del tribunal, Mauricio Guajardo Espinoza, determinó que la corporación no justificó de forma legal la causal de necesidades de la empresa invocada en la carta de despido. La resolución judicial (causa rol 4.130-2025) concluyó que el factor financiero argumentado por el empleador carecía de pruebas contables específicas.

Asimismo, el fallo judicial precisó que la demandante poseía un contrato de duración indefinida, por lo que resultaba ilegal argumentar el término de una obra específica como motivo de desvinculación. Los testigos de la parte demandada reconocieron además que las funciones de la operaria seguían siendo necesarias al momento del despido. Por lo tanto, el magistrado declaró la improcedencia del acto y ordenó el pago del recargo legal contemplado en el Código del Trabajo.

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Restitución de fondos previsionales y sanciones económicas

¿A cuánto ascienden las prestaciones que debe pagar la empresa?

El dictamen judicial obliga a la constructora a resarcir económicamente a la afectada, fijando el pago de setecientos veintiún mil seiscientos veinticinco pesos por concepto del treinta por ciento de recargo sobre la indemnización por años de servicio. De igual forma, el juzgado ordenó la devolución de un millón ciento seis mil novecientos treinta y cinco pesos que el empleador había descontado del fondo de cesantía.

Por consiguiente, el tribunal enfatizó que la ley chilena prohíbe descontar el aporte patronal del seguro de desempleo si el despido es declarado improcedente por la justicia. Permitir dicho descuento generaría un incentivo perverso para que las empresas invoquen causales erróneas con el fin de reducir los costos de finiquito. Las sumas determinadas por el juzgado devengarán los reajustes e intereses legales correspondientes hasta la fecha efectiva de pago.

Por lo tanto, la resolución resguarda los derechos de los trabajadores frente a los despidos injustificados en el sector de la construcción. En caso de incumplimiento de la sentencia dentro del plazo estipulado, los antecedentes serán remitidos de forma inmediata al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. La sentencia dictaminó finalmente que cada una de las partes involucradas deberá asumir sus respectivas costas procesales.

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