El Gobierno peruano aprobó un crédito suplementario para garantizar el pago de las gratificaciones de julio a los trabajadores bajo el régimen CAS (Contrato Administrativo de Servicios), luego de que semanas atrás el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señalara que no otorgaría recursos adicionales para financiar este beneficio.
La decisión fue confirmada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), que informó que el Consejo de Ministros aprobó un proyecto de ley de crédito suplementario que será enviado al Congreso para su evaluación y posterior aprobación.
La medida busca asegurar que las entidades públicas cuenten con presupuesto suficiente para cumplir con la Ley 32563, norma que otorgó por primera vez gratificaciones y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores CAS.
Gobierno cambia de postura
En abril, el MEF había respondido a una consulta realizada por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Sunafil (Si Sunafil), indicando que las entidades públicas debían financiar estos pagos utilizando sus propios recursos institucionales, sin demandar dinero adicional al Tesoro Público.
En ese momento, el director general de Presupuesto Público del MEF recordó que la misma ley autorizaba realizar modificaciones presupuestarias internas para cubrir los nuevos beneficios laborales.
Sin embargo, ahora el Ejecutivo decidió aprobar recursos adicionales para aquellas entidades que no tengan capacidad presupuestal suficiente para afrontar el pago de las gratificaciones y CTS de los trabajadores CAS.
Según la PCM, la asignación de fondos se realizará bajo criterios técnicos de ejecución y capacidad de gasto de los distintos niveles de gobierno, con el objetivo de mantener la estabilidad macroeconómica.
¿Cuánto recibirán los trabajadores CAS?
Aunque el Gobierno aún no ha confirmado oficialmente el monto exacto que recibirán los trabajadores en julio, diversos gremios señalaron previamente que la aplicación de la Ley 32563 será sin gradualidad ni progresividad.
Esto significa que la gratificación correspondería al equivalente completo de una remuneración mensual, tal como ocurre con otros regímenes laborales del sector público.
La norma establece que los trabajadores CAS tendrán derecho a:
- Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad equivalente a un sueldo mensual.
- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) calculada sobre el 100% de la remuneración mensual por cada año trabajado.
- Pago de la CTS únicamente al finalizar el vínculo laboral con la entidad pública.
Beneficio histórico para trabajadores CAS
La promulgación de la Ley 32563 fue considerada un avance importante para miles de trabajadores contratados bajo el Decreto Legislativo 1057, quienes durante años reclamaron igualdad de beneficios laborales frente a otros regímenes del Estado.
Tras varios meses de debate en el Congreso, la norma fue finalmente aprobada y promulgada por el Ejecutivo, ampliando derechos laborales para este sector de trabajadores públicos.
Con esta nueva decisión del Gobierno, el pago de la primera gratificación de julio quedaría garantizado a menos de un mes de su entrega.

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