¿Por qué Perú ordenó el retiro de las aguas embotellada Timonel y Lybre tras emitirse una alerta sanitaria?

¿Por qué Perú ordenó el retiro de las aguas embotellada Timonel y Lybre tras emitirse una alerta sanitaria?

¿Qué originó la alerta sanitaria de Digesa sobre las marcas Timonel y Lybre?

La Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) emitió la alerta sanitaria A005006 el 17 de septiembre de 2026, mediante la cual ordenó el retiro inmediato de todas las presentaciones y lotes de las aguas de mesa sin gas de las marcas Timonel y Lybre. La medida se aplicó tras detectar la presencia de la bacteria Pseudomonas aeruginosa en productos fabricados durante el año 2026, un microorganismo que evidencia contaminación en el proceso de embotellado.

La autoridad sanitaria advirtió que la ingesta de esta bacteria puede provocar infecciones diversas y enfermedades, representando un peligro crítico para personas con el sistema inmunológico debilitado. Por ello, se exhortó a la población a no comprar ni consumir estos productos en ningún formato.

¿Qué acciones deben tomar los comercios y qué sanciones exige Indecopi a la empresa?

Las autoridades sanitarias y de protección al consumidor han desplegado un protocolo nacional para restringir la comercialización de ambas marcas:

  • Medidas para comercios e inspección: Supermercados, bodegas, mercados y distribuidores deben retirar los productos de exhibición, suspender su venta y notificar a las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), Diresa y Geresa. Las autoridades municipales realizarán inspecciones para verificar el retiro físico.

  • Exigencias de Indecopi a INCO Brands: El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia solicitó un informe a la empresa Innovación y Comercialización Brands Perú S.A.C. en un plazo de cinco días hábiles. La compañía deberá precisar los lotes afectados, regiones de distribución, canales de atención a clientes y mecanismos para devoluciones o reclamos.

  • Sanciones económicas: De comprobarse infracciones a las normas de seguridad del consumidor, las multas administrativas para los responsables pueden alcanzar hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).